Plan de Previsión Asegurado

Ideal para personas que quieran disfrutar de una rentabilidad mínima anual garantizada.

El Plan de Previsión Asegurado es un producto de ahorro que le permite complementar su jubilación. Posee las mismas ventajas fiscales que los planes de pensiones, pero se formaliza mediante un seguro de vida y le ofrece una rentabilidad mínima garantizada revisable trimestralmente.

El Plan de Previsión Asegurado es ideal para personas que quieran constituir un patrimonio sin correr riesgos y disfrutar de una rentabilidad asegurada. También es muy interesante para personas que necesiten desgravar el máximo posible en la declaración de la renta.

Quién puede contratar

Cualquier persona física residente en España que tenga NIF o NIE, cuya edad sea superior a los 16 años.

Flexibilidad para sus aportaciones

Puede abrir su Plan de Previsión Asegurado a partir de 30 euros al mes y realizar sus aportaciones cuando lo desee: anual, semestral, trimestral o mensualmente, o bien sin ninguna periodicidad, cuando usted lo prefiera.

Podrán deducirse de la base imponible general las aportaciones realizadas, respetando el límite establecido, que será el menor de las siguientes cantidades.

  • 8.000 € o 30% de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidas individualmente en el ejercicio.

Otras características

Pueden realizarse aportaciones a favor de familiares con un grado de minusvalía igual o superior al 65%, con un régimen fiscal favorable y compatible con los propios planes personales.

Liquidez

Sólo se podrán percibir las prestaciones del plan cuando se produzca alguna de las contingencias previstas: jubilación del partícipe, invalidez, fallecimiento o dependencia.

No obstante, los derechos consolidados (ahorro acumulado) también podrán hacerse efectivos en los supuestos de enfermedad grave y desempleo de larga duración.

El importe de las prestaciones a percibir será del 100% de la provisión matemática alcanzada en caso de jubilación o invalidez y del 105% de la provisión matemática en caso de fallecimiento. Este capital adicional a la provisión matemática será como mínimo de 500 euros y como máximo de 10.000 euros.

Las prestaciones se pueden percibir en forma de capital o de renta, combinando ambas modalidades (capital/renta) o en forma de pagos irregulares. La renta podrá ser asegurada o no asegurada, adecuando su importe y temporalidad según las necesidades del beneficiario.

Máximo ahorro fiscal

El partícipe podrá incluir el conjunto de las aportaciones realizadas en la declaración de renta para reducir su base imponible.

Otras características

Las personas cuyo cónyuge obtenga rendimientos netos inferiores a 8.000 euros, podrán reducir en su base imponible las aportaciones realizadas a planes de pensiones de los que sea partícipe dicho cónyuge, con el límite de 2.500 euros.


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